El pasado 1 de marzo el gobierno aprobó el decreto ley 6/2019 de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. En él se establece la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad para empresas de más de 50 trabajadoras y trabajadores.
Muy lejos de esta cifra de trabajadores, CORPAUMAR SLU (CORSUA, en adelante) apuesta decididamente por una relación laboral no discriminatoria y, con esta finalidad y el firme propósito de mejorar todo lo posible la realidad de nuestra empresa en cuanto a la igualdad efectiva de hombres y mujeres, esta empresa a decidido formalizar esta ley firmando un PLAN DE IGUALDAD.
PRINCIPIOS DEL PLAN DE IGUALDAD DE CORSUA
Nuestro plan está compuesto por una serie de medidas acordadas con una representación de los trabajadores de la empresa, diseñado para todas las personas que trabajan en esta empresa, no está dirigido exclusivamente a las mujeres.
- Se adopta la transversalidad de género como uno de sus principios rectores y una estrategia para hacer efectiva la igualdad entre hombres, mujeres y en general cualquier caso de identidad sexual.
- De naturaleza correctora y preventiva, pretendiendo así eliminar discriminaciones futuras por razones de sexo.
- Es un plan dinámico y está abierto a cambios y nuevas medidas en función de las necesidades que vayamos detectando como consecuencia de su seguimiento. Con un plazo de vigencia de 4 años, su modificación podrá adelantarse si se detectan circunstancias que aconsejen su modificación.
- Es un compromiso de la empresa que hará uso de los recursos humanos y materiales necesarios para su implantación, seguimiento y evaluación.
- La participación y el diálogo como principio y herramienta de trabajo de todas las partes.
- Contiene una serie de objetivos acompañados de medidas, y acciones, cuyo objetivo es conseguir implantarlo
- El principio más importante para la empresa que recoge este Plan es el principio de Igualdad de trato entre mujeres y hombres.
- Supone la ausencia de toda discriminación directa o indirecta por razón de sexo, y, especialmente las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
- La igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo en formación y en la promoción profesional y en las condiciones de trabajo.
- El principio de Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el empleo público se garantizará en los términos previstos en la normativa aplicable en el acceso del empleo, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales o en cualquier organización cuyo miembros ejerzan una profesión concreta incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.
COMPROMISO
La política y cultura de CORSUA está basada en el desarrollo de las personas independientemente de su sexo.Su presencia en la empresa estará determinada únicamente por su buen hacer en el seno de la misma, sin que exista discriminación por razones de sexo.
No existen trabajos de “hombre”, ni trabajos de “mujeres”, la actividad a desarrollar por cada uno de ellos dependerá del buen desempeño que se haga en ellos.